viernes, 20 de marzo de 2009

Letras por Cobrar

Pregunta:
Hemos entregado al banco nuestras Letras por cobrar, cuál es el tratamiento contable de las letras por cobrar, tanto de las letras en descuento como la de cobranza libre con sus respectivos intereses.

Respuesta:
Tomando como referencia a la NIC 39: Instrumentos Financieros; Reconocimiento y Medición y atendiendo al hecho que no se desprende del control de los instrumentos financieros, la empresa no puede dar de baja los mismos; y por el contrario, debe reconocer este tipo de operación como un préstamo que tiene como garantía el importe nominal de los instrumentos.
Entendemos que esta situación se produce debido a la necesidad de la empresa de acelerar la recepción de los fondos, por lo cual se entrega a la entidad financiera sus derechos, pero sin perder el control de los mismos. Por dicha razón en caso de incumplimiento del deudor el banco puede ir contra la empresa.
Contablemente se registrará de la siguiente manera:
---------------------X---------------------
S/. S/.
10 Caja y Bancos xxxxx
104Cuentas Corrientes
104.1 Bco.xxx
38 Cargas Diferidas xxxxx
389 Otras cargas diferidas
46 Cuentas por Pagar Diversas
469 Otras cuentas por pagar diversas xxxxx
x/ Por el importe recibido del banco a cargo de las letras enviadas al descuento.

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